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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 21/05/2019

Núm. Acuerdo: 400/2019

Núm. Expediente: 339/183

Autor: Junta Electoral Central

Objeto:

Información sobre resultados electorales provisionales de las elecciones locales, autonómicas y al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019.

Acuerdo:

Para salvaguardar la objetividad y transparencia del proceso electoral, así como el principio de igualdad, conforme a la doctrina reiterada de la Junta Electoral Central, no deben difundirse los resultados electorales de las elecciones locales y autonómicas hasta las 21:00 horas -que es la hora prevista de cierre de los colegios electorales en las Islas Canarias-.

Además, por disponerlo así la normativa europea, "ningún Estado miembro podrá hacer públicos oficialmente sus resultados electorales hasta después de cerrada la votación en el Estado miembro cuyos electores fueren los últimos en votar" (artículo 10.2 del Acta relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, de 20 de septiembre de 1976). Por consiguiente, los resultados provisionales de las elecciones al Parlamento Europeo se difundirán no antes de las 23 horas, hora en la que finalizan las votaciones en Italia.

Este Acuerdo será comunicado a la Dirección General de Política Interior, a las Juntas Electorales de Comunidad Autónoma concernidas y a las Juntas Electorales Provinciales, para su conocimiento y traslado a las consejerías autonómicas competentes en materia electoral y a las Juntas Electorales de Zona, respectivamente.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 2019

Elecciones Locales 2019

Descriptores de materia:

ELECCIONES AUTONÓMICAS

ELECCIONES SIMULTÁNEAS

RESULTADOS ELECTORALES - Provisionales

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