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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 28/04/2011

Núm. Acuerdo: 204/2011

Núm. Expediente: 293/94

Autor: Excmo. Sr. Presidente de la Junta electoral de les Illes Balears

Objeto:

Recurso interpuesto por la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears contra acuerdo de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma de 20 de abril sobre queja del Partido Popular en relación con la campaña institucional "Quatre anys....".

Acuerdo:

Desestimar el presente recurso y confirmar el acuerdo adoptado por la Junta Electoral de las Illes Balears de 20 de abril por cuanto esta Junta entiende que esta resolución es conforme con lo dispuesto en el artículo 50.2 de la LOREG y con la Instrucción de la JEC 2/2011, de 24 de marzo. Esta Junta entiende que la campaña del Gobierno balear impugnada debe ser considerada como una campaña de logros de una Administración pública, que vulnera el artículo 50.2 de la LOREG, sin que pueda entenderse que se trata de una campaña informativa que resulte imprescindible para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos. Conviene, no obstante, aclarar que la prohibición de la campaña objeto de recurso no implica que no puedan mantenerse aquellos contenidos que se limiten estrictamente a proporcionar información de interés general.

Descriptores de materia:

CAMPAÑA INSTITUCIONAL - Irregularidades

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