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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/05/1993

Núm. Acuerdo: 79/1993

Núm. Expediente: 000/93051709

Autor: Vizcaya

Objeto:

Consulta sobre si es competencia de la Junta Electoral Provincial la resolución de la petición formulada por el representante de la candidatura de EA EUE de Vizcaya de que se cambie la ubicación del colegio electoral de Plencia por su proximidad a un local social de un partido político, y sobre si puede entenderse que tal ubicación de un colegio electoral próxima a un local sede de un partido político podría vulnerar la normativa electoral.

Acuerdo:

Corresponde a la Junta Electoral Provincial resolver las reclamaciones que se formulen sobre la ubicación de los colegios o locales electorales, conforme al artículo 24 de la LOREG, a cuyo efecto ha de tener en cuenta las condiciones que deben reunir los mismos, así como lo dispuesto en el artículo 93 de la LOREG.

Descriptores de materia:

COLEGIOS ELECTORALES - Ubicación

PARTIDOS POLÍTICOS

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