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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 17/05/2011

Núm. Acuerdo: 323/2011

Núm. Expediente: 293/169

Autor: Excmo. Sr. Presidente de la Junta Electoral de les Illes Balears.

Objeto:

Recurso interpuesto por el Partit Illenc de ses Iles Balears contra Acuerdo de la Junta Electoral de Baleares de 9 de mayo sobre impugnación de Plan de cobertura informativa de TVE en las Illes Balears para las elecciones locales y autonómicas de 22 de mayo.

Acuerdo:

Inadmitir el presente recurso y confirmar el acuerdo adoptado por la Junta Electoral de las Islas Baleares de 12 de mayo por cuanto la reclamación de Partit Illenc de Ses Illes Balears fue formulada de forma extemporánea. De acuerdo con el artículo 119 LOREG, "los plazos a los que se refiere esta Ley son improrrogables (...)", y esta Junta ha declarado de forma reiterada que no cabe la prolongación de los mismos (por todos, Acuerdo de 28 de marzo de 1983). La reclamación formulada por el recurrente fue presentada fuera del plazo recogido en el apartado quinto de la Instrucción 4/2011, de 29 de marzo, de la Junta Electoral Central, por lo que no puede ser admitido.

Proceso electoral asociado:

Elecciones Locales 2011

Elecciones al Parlamento de las Illes Balears 2011

Descriptores de materia:

PLAN DE COBERTURA INFORMATIVA

RECURSOS ADMINISTRATIVOS

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