Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 04/01/2016
Núm. Acuerdo: 2/2016
Núm. Expediente: 293/684
Autor: | Junta Electoral de Zona de Motril (Granada). |
Objeto:
Denuncia por campaña de logros y denuncia por vulnerar la jornada de reflexión que son elevadas por la Junta Electoral de Zona de Motril (Granada), para que sean resueltas por la Junta Electoral Central.
Acuerdo:
De conformidad con el artículo 19.2 de la LOREG corresponde a las Juntas Electorales de Zona, dentro de su ámbito territorial, la competencia de corregir las infracciones que se produzcan en el proceso electoral, siempre que no sean constitutivas de delito, o -previa incoación del correspondiente expediente sancionador- de imponer multas hasta la cuantía máxima prevista en la Ley; por consiguiente, procede devolver a la Junta Electoral de Zona de Motril (Granada) los escritos con número de expediente 293/684 para que, a la mayor brevedad posible, efectúe las actuaciones necesarias para esclarecer los hechos relatados en cada una de las denuncias y, en su caso, corregir las infracciones que pudieren haberse cometido.
Proceso electoral asociado:
Elecciones a Cortes Generales 2015
Descriptores de materia:
DENUNCIAS Y RECLAMACIONES
JORNADA DE REFLEXIÓN
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