Junta Electoral Central - Portal

Buscador

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 28/04/2019

Núm. Acuerdo: 275/2019

Núm. Expediente: 270/2061

Autor: Presidenta de Ciudadanos Libres Unidos.

Objeto:

Escrito de la Presidenta de Ciudadanos Libres Unidos (CILUS) solicitando que se deniegue la condición de representante general ante la Junta Electoral Central a la persona designada por la formación política Ciudadanos Independientes de Linares Unidos para las elecciones a celebrar el 26 de mayo de 2019.

Acuerdo:

Desestimar la solicitud de referencia por los siguientes motivos:

1.- El partido "Ciudadanos Independientes de Linares Unidos", con las siglas CILU-LINARES es un partido formalmente inscrito en el Registro de Partidos Políticos.

2.- La identificación de una formación política resulta de diferentes elementos (denominación, siglas y símbolo) que, en lo que ahora interesa, permiten distinguir a la formación solicitante ("Ciudadanos Libres Unidos"-CILUS) de la formación "Ciudadanos Independientes de Linares Unidos" -CILU-LINARES.

Por consiguiente, no cabe acceder a la solicitud planteada de denegar la condición de representante general a quien, en aplicación del artículo 186.1 de la LOREG, fue designado por "Ciudadanos Independientes de Linares Unidos".

El presente Acuerdo es firme en vía administrativa. Contra el mismo cabe la interposición de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 12.3.a) de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento Europeo 2019

Elecciones Locales 2019

Descriptores de materia:

DENOMINACIONES, SIGLAS Y SÍMBOLOS

REGISTRO DE PARTIDOS POLÍTICOS

REPRESENTANTE ELECTORAL

   Volver