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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 03/06/2020

Núm. Acuerdo: 71/2020

Núm. Expediente: 320/355

Autor: Ilmo. Sr. Director de Régimen Jurídico, Servicios y Procesos Electorales del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco

Objeto:

Consulta sobre el procedimiento o mecanismo para que quienes habitan en centros residenciales de personas mayores, personas enfermas o personas en situación de aislamiento preventivo determinado por el servicio público de salud puedan ejercer su derecho al voto.

Acuerdo:

1.- La Junta Electoral Central comprende y comparte la preocupación manifestada por los Gobiernos gallego y vasco en relación con las dificultades que sobre la petición y tramitación del voto por correo pueden ocasionar las limitaciones a la movilidad que están siendo impuestas por la autoridad sanitaria, como consecuencia de la pandemia por COVID-19.

2.- Partiendo de que para estos comicios el plazo de solicitud del voto por correo -en aplicación del artículo 72.a) de la LOREG- se extiende hasta el 2 de julio, y de que se han introducido ya medidas de flexibilización del procedimiento de voto por correo en el acuerdo que esta Junta adoptó el pasado jueves 28 de mayo, la Junta Electoral Central considera que no es necesario en este momento arbitrar medidas adicionales extraordinarias que flexibilicen, aún más, el garantista procedimiento de voto por correo previsto en la LOREG.

3.- Sin perjuicio de lo anterior, cabría articular nuevas medidas si la evolución de la pandemia, de las fases de desescalada programadas u otras circunstancias nuevas así lo aconsejasen. En relación con esto último, el Gobierno Vasco y la Xunta de Galicia deberán poner en conocimiento de esta Junta, con la máxima celeridad posible, la situación de movilidad prevista para los internos en residencias de ancianos durante la tercera fase de desescalada, así como su situación de movilidad a medida que dicha fase sea abandonada o, en su caso, modificada.

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

ENFERMEDAD

PERSONA CON DISCAPACIDAD

VOTO POR CORRESPONDENCIA

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