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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 11/06/2020

Núm. Acuerdo: 83/2020

Núm. Expediente: 321/508

Autor: Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación

Objeto:

Problemas en la tramitación del voto de los ciudadanos inscritos en el CERA y ERTA con motivo de las elecciones al Parlamento Vasco y al Parlamento de Galicia de 12 de julio de 2020 por la pandemia del COVID-19 y soluciones para no conculcar el derecho al sufragio de los ciudadanos españoles en el exterior.

Acuerdo:

En relación con la consulta formulada, aclarar lo siguiente:

1.- Como se ha venido haciendo en ocasiones anteriores, la medida de ampliación del plazo del depósito del voto en urna hasta las 20:00 horas (hora peninsular) del domingo, 12 de julio, debe entenderse en el sentido de que el horario de apertura de las oficinas consulares a tal efecto no podrá extenderse más allá de la hora señalada.

2.- Respecto a los sobres que se reciban en las oficinas consulares con posterioridad al domingo, 12 de julio, debe aplicarse en su literalidad el acuerdo de referencia. Por tanto, del mismo modo que se ha hecho siempre, deberán remitirse por el mismo cauce y con la mayor celeridad los votos por correo recibidos con posterioridad a esa fecha, sin que las oficinas consulares puedan entrar a calificar si la remisión de dichos sobres ha sido efectuada dentro de plazo, tarea que corresponde a las juntas electorales competentes en el momento de efectuar el escrutinio general.

Proceso electoral asociado:

Elecciones al Parlamento de Galicia - Julio 2020

Elecciones al Parlamento Vasco - Julio 2020

Descriptores de materia:

CENSO ESPECIAL DE RESIDENTES AUSENTES - Voto

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

ENFERMEDAD

RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

VOTO POR CORRESPONDENCIA - Irregularidades

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