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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 16/09/2021

Núm. Acuerdo: 353/2021

Núm. Expediente: 359/332

Autor: Diputación Provincial de Burgos

Objeto:

Solicitud de que se determine la entidad política a la que corresponde proponer al alcalde pedáneo gestor de la entidad local menor de Campo, perteneciente al Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla la Vieja.

Acuerdo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.2 y 4.1 del Real Decreto 608/1988, de 10 de junio, por el que se regula la constitución de Comisiones Gestoras en Entidades de ámbito territorial inferior al municipio, corresponde a esta Junta Electoral Central determinar el número de miembros de la Comisión Gestora que corresponde a cada formación política, y en caso de vacante en la Alcaldía Pedánea, determinar el partido político al que corresponde designar al nuevo Vocal.

Asimismo, esta Junta considera que, en la medida en que no sea posible delimitar los votos emitidos en las elecciones municipales en las mesas correspondientes a una entidad local menor, al haber sido una sección electoral para todo el municipio, solo podrán ser tenidos en cuenta los resultados globales en el municipio, y la Diputación Provincial, para la designación del Alcalde Pedáneo Gestor, deberá oír a todos los partidos políticos que concurrieron a las elecciones en dicho municipio (Ac. 20 de diciembre de 2015 y 5 de julio de 2017).

Una vez recabados los datos oportunos, de conformidad con los resultados de las últimas elecciones para el Ayuntamiento de Villarcayo de Merindad de Castilla La Vieja en la mesa electoral correspondiente a la entidad local menor de Campo (distrito censal 01, sección 003 Mesa D), de los cuales se acompaña copia, y en virtud de lo establecido en el artículo 4.1 del mencionado Real Decreto 608/1988, esta Junta considera que corresponde realizar la propuesta de un nuevo Vocal al Partido Socialista Obrero Español.

Descriptores de materia:

ALCALDES PEDÁNEOS - Vacantes

COMISIÓN GESTORA - Miembros

ENTIDADES LOCALES MENORES

JUNTAS ELECTORALES - Competencias

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