Acuerdos de la Junta Electoral Central
Sesión JEC: 05/05/1987
Núm. Acuerdo: 55/1987
Núm. Expediente: 000/87050517
Autor: | Junta Electoral Provincial |
Objeto:
Las Juntas Electorales de Zona de Zamora y Alcalá de Henares y la Junta Electoral de León consulta sobre inelegibilidad de Jueces y Fiscales de Paz.
Acuerdo:
La Junta acuerda ratificar la resolución provisional de la Presidencia, que es del siguiente tenor:
"Comunícoles Jueces y Fiscales de Paz deben considerarse comprendidos en la inelegibilidad prevista en el artº 6.1.h) de la Ley Electoral, por lo que los que deseen ser candidatos deberán renunciar o dimitir con anterioridad al dia de la presentación de su candidatura".
Descriptores de materia:
CANDIDATOS - Elegibilidad
JUECES DE PRIMERA INSTANCIA Y DE PAZ