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  • 291/1994 - 10/06/1994

    Comunicación sobre ejercicio de las funciones a que se refiere el artículo 101 LOREG por el Juez de Paz interesando se informe si el personal del Juzgado de Paz ha de colaborar en las mismas y quién abonará las horas extraordinarias pues "en caso contrario el Juzgado permanecerá cerrado y la documentación de las mesas electorales deberá ser llevada directamente a la Junta Electoral de Zona".



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