Junta Electoral Central - Portal

Buscador

Logotipo de la Junta Electoral Central
Versión para imprimir

Resultados

Resultados encontrados: 2



  • 183/1979 - 21/02/1979

    En relación con los distintos extremos consultados por la Junta Electoral Provincial de Huesca:
    1º. Si es posible legalmente constituir agrupaciones de electores de ámbito correspondiente al Partido Judicial o a la Junta de Zona y diferente por tanto del estrictamente municipal, y, en caso afirmativo, si estas agrupaciones podrían presentar candidaturas o listas de candidatos en todos los municipios correspondientes a un Partido Judicial o a una Junta de Zona.
    2º. Compatibilidad de Concejales y Alcaldes pedáneos.
    3º. Procedimiento para elecciones de los Alcaldes de los municipios que tengan una población comprendida entre 25 y 250 habitantes y en que la elección de Concejales se halle regida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley.
    4º. Si las candidaturas o listas de candidatos pueden estar formadas íntegramente por independientes.
    5º. Si las Juntas Provinciales habrán de fiscalizar los gastos electorales de las agrupaciones de electores.
    6º. Posible inelegibilidad de los Jueces y Fiscales de Paz.
    7º. Identificación de las listas a que hace referencia el artículo 35 de la Ley de Elecciones Locales.

  • 161/1979 - 21/02/1979

    Recurso del Partido Socialista Obrero Español contra acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Orense sobre papeletas para el Senado.



Volver a buscar