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  • 151/1994 - 16/05/1994

    Comunicación de que la Junta Electoral de Andalucía, en aplicación del artículo 63.6º de la LOREG, se entiende competente para la distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública de ámbito regional andaluz, tanto para las entidades que concurran a las elecciones al Parlamento de Andalucía como al Parlamento Europeo, a ACUERDO de una única Comisión de Control integrada por un representante de cada entidad política que concurra a las elecciones y tenga representación actualmente en el Parlamento de Andalucía



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