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  • 376/2004 - 09/06/2004

    Consultas en relación con un trabajador miembro de Mesa Electoral que tiene jornada laboral en régimen de turno de noche: 1. Si la jornada que debe realizar el trabajador en turno de noche del día 13 al 14 de junio de 23 horas a 7 horas del día siguiente puede interpretarse como jornada laboral del día electoral. 2. Si el derecho a una reducción de 5 horas de su jornada de trabajo el día inmediatamente posterior se aplica al turno de noche de 23 horas del día 14 hasta las 7 horas del día 15.



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