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  • 153/2004 - 01/03/2004

    Consulta sobre procedencia de emisión de propaganda electoral cuyo contenido pudiera considerarse como "ofensivo o hiriente e incluso como publicidad ilícita de conformidad con el artículo 3 de la Ley General de Publicidad". Nueva comunicación de Onda Cero Radio, en relación con resolución de la Presidencia de 26 de febrero, exponiendo que al no estar la empresa cualificada para pronunciarse acerca del carácter de la propaganda, entiende que deben seguir emitiendo la publicidad hasta obtener una resolución incondicional con el objeto de respetar el pluralismo político y los valores de igualdad en la emisión de los espacios publicitarios.



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