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543/1995 - 17/04/1995
Consulta sobre si la Junta Electoral de la Comunidad Valenciana es competente para la fiscalización de gastos y subvenciones electorales, a la vista del artículo 132 de la Ley Orgánica 5/1985, del Régimen Electoral General, en relación con la disposición adicional primera de la misma y con los artículos 43, 44 y 45 y disposición final primera de la Ley 1/1987, Electoral Valenciana, existiendo además, en este sentido, el precedente de las elecciones a las Cortes Valencianas de 1987 y 1991, en que esa Junta Electoral ya fue competente para entender de la materia precitada.
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