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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 09/06/1995

Núm. Acuerdo: 384/1995

Núm. Expediente: 330/13

Autor: (Arrecife de Lanzarote)

Objeto:

Consulta sobre quién debe introducir el voto en la urna, si el votante o el Presidente de la Mesa.

Acuerdo:

Comunicar que el artículo 86.3 de la LOREG dispone que el elector entregará por su propia mano al Presidente de la Mesa Electoral el sobre o sobres de votación cerrados, procediendo el propio Presidente de la Mesa, sin ocultarlos ni un momento a la vista del público, tras decir en voz alta el nombre, y añadiendo "vota", a depositar él y no el elector en la urna o urnas los correspondientes sobres.

Descriptores de materia:

DERECHO DE SUFRAGIO ACTIVO

MESAS ELECTORALES - Competencias

MESAS ELECTORALES - Miembros

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