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Acuerdos de la Junta Electoral Central

Sesión JEC: 31/01/2005

Núm. Acuerdo: 41/2005

Núm. Expediente: 140/171

Autor: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Nuevo Baztán (Madrid)

Objeto:

Consulta sobre si los integrantes de la Corporación Local pueden ser miembros de las Mesas electorales.

Acuerdo:

Trasladar que los únicos casos que la LOREG considera expresamente, en su artículo 27 apartados 1 y 3, como causa justificada que impida el desempeño de los cargos de Presidente y Vocal de Mesa electoral son el presentarse como candidato y el concurrir la condición de inelegible en la persona de que se trate, debiendo, fuera de esos casos, apreciar la competente Junta Electoral de Zona las circunstancias concurrentes.

Descriptores de materia:

CONCEJALES - Incompatibilidad

MESAS ELECTORALES - Miembros

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