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Sesión JEC: 24/02/1986

Núm. Instrucción: 2/1986

Núm. Expediente: 000/86022406

Objeto:

INSTRUCCIÓN 2/1986, de 24 de febrero, de la Junta Electoral Central, acerca de papeletas y sobres ajustados a modelo oficial en el referéndum convocado por el Real Decreto 214/1986, de 6 de febrero (BOE núm 49, de 26 de febrero de 1986).

Acuerdo:

Vista la consulta formulada por el Ministerio del Interior y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Orgánica 2/1980, de 16 de enero, sobre la regulación de las distintas modalidades de referéndum, así como en los artículos 1º y 2º del Real Decreto 214/1986, por el que se somete a referéndum de la Nación la decisión política del Gobierno en relación con la Alianza Atlántica; artículo 13.1ª del Real Decreto 216/1986, de 6 de febrero, y artículos 2º a 4º del Real Decreto 216/1986, de 6 de febrero, la Junta Electoral Central, en su reunión de 24 de febrero de 1986, ha acordado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.6 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, publicar la siguiente

INSTRUCCIÓN

Único.- En el referéndum convocado por Real Decreto 214/1986, de 6 de febrero sólo tendrán validez las papeletas de votación y sobres ajustados a lo dispuesto en el Real Decreto 216/1986, de 6 de febrero, según se describen y reproducen en los anexos 3 y 4 del mismo, contenidos en las páginas 5075, 5076, 5077, 5078, 5079, 5080 y 5081 del «Boletin Oficial del Estado. número 33, correspondiente al 7 de febrero de 1986.

Madrid. 24 de febrero de 1986.

EL PRESIDENTE

Paulino Martin Martín

(BOE núm 49, de 26 de febrero de 1986)

Descriptores de materia:

INSTRUCCIONES DE LA JEC

REFERÉNDUM

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