Elecciones al Parlamento Europeo
7 de junio de 2009
- Convocatoria y Calendario electoral
- Candidaturas
- Resultados
- Fiscalización de la contabilidad electoral
- Normativa aplicable
- Enlaces de interés
Las Elecciones al Parlamento Europeo de 7 de junio de 2009 son las sextas que se celebran en España y las primeras de la Europa ampliada a 27 Estados miembros.
La legislatura 2004-2009, constituida el 20 de julio de 2004 comenzó con 732 eurodiputados. Desde el 15 de enero de 2007, con la entrada de Rumania y Bulgaria son 785, de los cuales 54 pertenecen a España.
Según el actual Tratado de la Comunidad Europea, a partir de la próxima legislatura (2009-2014) el Parlamento contará con 736 miembros (50 para España). Por tanto, en las elecciones del día 7 de junio España elegirá 50 Diputados.
No obstante, dicho número cambiará con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa pasando a 54. Por este motivo, el Real Decreto de convocatoria señala que “en el caso de que antes de finalizar la legislatura 2009-2014 del Parlamento Europeo el ordenamiento comunitario europeo disponga un incremento del número de diputados atribuidos a España, los nuevos escaños serán asignados por la Junta Electoral Central a las candidaturas a quienes les pueda corresponder como consecuencia de la aplicación de las reglas establecidas en el artículo 216 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General a los resultados del proceso electoral celebrado el 7 de junio de 2009, sin que sea necesario realizar nuevas elecciones.”
(Fuente: Oficina en España del Parlamento Europeo y Portal de Elecciones al Parlamento Europeo 2009 del Ministerio del Interior)
Convocatoria y Calendario electoral
- Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, por el que se convocan elecciones de diputados al Parlamento Europeo (BOE núm. 91, de 14 de abril de 2009).
- Calendario electoral.
Candidaturas
- Candidaturas proclamadas a las elecciones de Diputados al Parlamento Europeo convocadas por Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, a celebrar el 7 de junio de 2009 (BOE núm. 115, de 12 de mayo de 2009).
- Resolución de 13 de mayo de 2009, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de corrección de errores en la publicación de las candidaturas proclamadas a las elecciones de Diputados al Parlamento Europeo convocadas por Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, a celebrar el 7 de junio de 2009 (BOE núm. 117, de 14 de mayo de 2009).
- Resolución de 20 de mayo de 2009, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de corrección de errores en la publicación de las candidaturas proclamadas a las elecciones de Diputados al Parlamento Europeo convocadas por Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, a celebrar el 7 de junio de 2009 (BOE núm. 123, de 21 de mayo de 2009).
- Auto de la Sala art. 61 LOPJ del Tribunal Supremo, en los procesos acumulados 5/2009 y 6/2009, interpuestos por el Abogado del Estado y el Ministerio Fiscal, contra el acuerdo 109/2009, de 11 de mayo, de la Junta Electoral Central, en relación con la proclamación de las candidaturas presentadas a las elecciones de Diputados al Parlamento Europeo de 3 de abril, en lo relativo a la candidatura número 31, denominada “Iniciativa Internacionalista-La Solidaridad entre los Pueblos”, coalición electoral formada por los partidos políticos “Izquierda Castellana” y “Comuner@s”.
- Sala Segunda. Sentencia 126/2009, de 21 de mayo de 2009. Recurso de amparo 4630-2009. Promovido por la coalición electoral Iniciativa internacionalista - La solidaridad entre los pueblos frente al Auto de la Sala Especial del Tribunal Supremo a que se refiere el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que anuló la proclamación de su candidatura en las elecciones al Parlamento Europeo. Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a un proceso con garantías, a la defensa y a la prueba: cauce judicial procedente; perentoriedad de los recursos electorales; prueba de informes policiales. Vulneración del derecho a acceder a los cargos representativos: falta de acreditación de que la coalición electoral continúe o suceda la actividad de un partido político declarado ilegal (SSTC 85/2003 y 112/2007) (BOE núm. 149, de 20 de junio de 2009).
Resultados
- Acuerdo de 23 de junio de 2009, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por el que se procede a la publicación de los resultados de las elecciones de Diputados al Parlamento Europeo convocadas por Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, y celebradas el 7 de junio de 2009, con indicación del número de escaños y de votos obtenidos por las candidaturas proclamadas (BOE núm. 152, de 24 de junio de 2009).
- Resolución de 7 de octubre de 2009, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, de corrección de errores en los resultados de las elecciones al Parlamento Europeo incluidos en el Acuerdo de 23 de junio de 2009, de la Junta Electoral Central, por el que se procede a la publicación de los resultados de las elecciones de Diputados al Parlamento Europeo convocadas por Real Decreto 482/2009, de 3 de abril, y celebradas el 7 de junio de 2009 (BOE núm. 249, de 15 de octubre de 2009).
- Acuerdo de 23 de junio de 2009, de la Presidencia de la Junta Electoral Central, por el que se procede a la proclamación de Diputados electos al Parlamento Europeo en las elecciones celebradas el 7 de junio de 2009 (BOE núm. 152, de 24 de junio de 2009).
Fiscalización de la contabilidad electoral
- Resolución de 8 de mayo de 2012, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de las contabilidades electorales de las elecciones al Parlamento Europeo de 7 de junio de 2009 (BOE núm. 153, de 27 de junio de 2012).
- Informe del Tribunal de Cuentas de fiscalización de las contabilidades electorales de las elecciones al Parlamento Europeo de 7 de junio de 2009.
Normativa aplicable
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
- Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales