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Normativa

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Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, sobre Normas Electorales.

Versión vigente desde Marzo de 1977 hasta Enero de 1979

Segunda.

La percepción de gratificaciones por los funcionarios a quienes se encomienden tareas no vinculadas a su puesto de trabajo relacionadas con la preparación o ejecución del proceso electoral, será en todo caso compatible con la de sus haberes, sin previa declaración de tal.

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