Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular.
Versión vigente desde Abril 2015
Artículo 1. Objeto de la presente Ley Orgánica.
Los ciudadanos españoles mayores de edad que se encuentren inscritos en el Censo Electoral pueden ejercer la iniciativa legislativa prevista en el artículo 87.3 de la Constitución, de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley Orgánica.