Junta Electoral Central - Portal

Andalucía

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía

Versión vigente desde 11/04/2011

DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA. Territorios históricos

La ampliación de la Comunidad Autónoma a territorios históricos no integrados en otra Comunidad Autónoma se resolverá por las Cortes Generales, previo acuerdo de las partes interesadas y sin que ello suponga reforma del presente Estatuto, una vez que dichos territorios hayan vuelto a la soberanía española.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml