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Ley 9/2009, de 22 de diciembre, reguladora de los Concejos Abiertos

desde 31/12/2009 hasta 29/03/2010

Segunda. Modificación del artículo 91.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón

El apartado primero del artículo 91 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, queda redactado de la siguiente manera:

«1. Las entidades locales menores que cuenten con una población inferior a 40 habitantes funcionarán con arreglo al régimen de Concejo abierto, conforme a su normativa específica».

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