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Decreto 63/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, de regulación complementaria de las elecciones a Cortes de Aragón

desde 13/03/2015 hasta 22/04/2015

Artículo 10. Servicios del personal prestados a las Juntas Electorales Provinciales

1. Para remunerar los servicios del personal prestados a las Juntas Electorales Provinciales se determinan las siguientes cantidades:

Junta Electoral Provincial de Zaragoza: 4.521,71 euros
Junta Electoral Provincial de Huesca: 1.460,81 euros
Junta Electoral Provincial de Teruel: 1.178,65 euros

2. Estos importes provinciales tendrán carácter limitativo y se distribuirán, con base en los criterios que se consideren objetivos, por cada una de las Juntas Electorales Provinciales.

Téngase en cuenta que las cantidades establecidas en este artículo se actualizan periódicamente para cada proceso electoral por Orden publicada en el Boletín Oficial de Aragón.

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