Junta Electoral Central - Portal

Aragón

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley 2/1987, de 16 de febrero, Electoral de la Comunidad Autónoma de Aragón

desde 05/04/1995 hasta 31/12/1997

TÍTULO III

Convocatoria de elecciones

Artículo 11.

1. La convocatoria de elecciones a Cortes de Aragón se efectuará mediante Decreto del Presidente de la Diputación General, en los plazos determinados en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, de manera que se celebren el cuarto domingo de mayo, cada cuatro años.

2. El Decreto de convocatoria, que será publicado en el «Boletín Oficial de Aragón», fijara el día de la votación, así como la fecha de la sesión constitutiva de las Cortes, que tendrá lugar dentro del plazo de un mes, a contar desde el día de la celebración de elecciones.

Subir