Ley 14/1986, de 26 de diciembre, sobre régimen de elecciones a la Junta General del Principado de Asturias
desde 02/02/1987 hasta 27/03/1991
Primera.
El régimen de incompatibilidades dispuesto en esta Ley, entrará en vigor a partir de las primeras elecciones a la Junta General que se convoquen con posterioridad a la entrada en vigor de la misma.