Ley 4/1983, de 4 de agosto, reguladora del procedimiento de designación de Senadores por el Principado de Asturias
Versión vigente desde 30/01/1990
Artículo 1.
La designación de los Senadores que corresponde al Principado de Asturias, de conformidad con lo que determina el artículo 69.5 de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, se efectuará de acuerdo con el procedimiento que se establece en la presente Ley.