Ley 10/1986, de 7 de noviembre, reguladora de la demarcación territorial de los Concejos del Principado de Asturias
Versión vigente desde 28/11/1986
Artículo 7.
Se creará una Comisión Mixta de miembros de las Corporaciones implicadas en la alteración de los términos municipales, que respetará la proporcionalidad de los grupos que las integren y cuya Comisión, con carácter asesor, tendrá vigencia durante todo el período de tramitación y hasta que haya resolución en firme por el órgano competente.