Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias
desde 06/08/1997 hasta 08/01/1999
Artículo treinta y seis
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el que se integrará la actual Audiencia Territorial de Oviedo, es el órgano jurisdiccional en el que culminará la organización judicial en su ámbito territorial y ante el que se agotarán las sucesivas instancias procesales, en los términos del artículo ciento cincuenta y dos de la Constitución y de acuerdo con el presente Estatuto y las leyes orgánicas del Poder Judicial y del Consejo General del Poder Judicial.