Ley 14/1986, de 26 de diciembre, sobre régimen de elecciones a la Junta General del Principado de Asturias
desde 02/02/1987 hasta 27/03/1991
Artículo 39.
Las cantidades mencionadas en los dos artículos precedentes se refieren a pesetas constantes. Por resolución del Consejero de Hacienda y Economía se fijarán las cantidades actualizadas en los cinco días siguientes a la convocatoria.