Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears
Versión vigente desde 02/03/2007
Artículo 20. Catástrofes.
Los poderes públicos velarán por los derechos y las necesidades de las personas que hayan padecido daños causados por catástrofes.