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Ley 8/1986, de 26 de noviembre, Electoral de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

desde 03/11/2006 hasta 02/02/2019

Artículo 7.

1. La Junta Electoral de las Islas Baleares es un órgano permanente y está integrado por:

a) Tres Vocales, Magistrados del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, designados por insaculación celebrada por su Sala de Gobierno en Pleno.

b) Dos Vocales, Catedráticos o Profesores titulares de Derecho, en activo, o juristas de reconocido prestigio residentes en las Baleares, designados a propuesta conjunta de los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores con representación en el Parlamento de las Islas Baleares.

2. La designación de los Vocales a los que se refiere el apartado 1 debe de realizarse dentro de los noventa días siguientes a la sesión constitutiva del Parlamento de las Islas Baleares. Cuando la propuesta de las personas previstas en el apartado 1.b), no se realice en el citado plazo, la Mesa del Parlamento, oídos los grupos políticos presentes en la Cámara, procederá a su designación, en consideración a la representación existente en la misma.

3. Los miembros de la Junta Electoral de las Islas Baleares serán nombrados por Decreto del Gobierno de la Comunidad Autónoma y continuarán en su mandato hasta la toma de posesión de la nueva Junta Electoral, al inicio de la siguiente legislatura.

4. Los Vocales eligen, de entre los de origen judicial, el Presidente y el Vicepresidente de la Junta en la sesión constitutiva que se celebrará, a convocatoria del Secretario, en los quince días siguientes a la publicación del Decreto de nombramiento.

5. El Secretario de la Junta Electoral de las Islas Baleares es el Oficial Mayor del Parlamento de las Islas Baleares; participa en sus deliberaciones con voz y sin voto y custodia la documentación correspondiente a la Junta Electoral.

6. Asimismo, participará en las reuniones de la Junta Electoral, con voz pero sin voto, el Delegado provincial de la Oficina del Censo Electoral.

7. La Junta Electoral de las Islas Baleares tendrá su sede en el Parlamento.

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