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Cantabria

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Ley 5/1987, de 27 de marzo, de Elecciones al Parlamento de Cantabria

desde 04/04/1987 hasta 25/03/1991

Artículo 9.

1. La Administración Electoral tiene por finalidad garantizar en los términos de la presente Ley la transparencia y objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad.

2. La Administración Electoral de las elecciones a la Asamblea Regional de Cantabria estará integrada por la Junta Electoral Central, la Junta Electoral de Cantabria, las Juntas Electorales de Zona y las Mesas Electorales.

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