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Ley 3/1991, de 14 de Marzo, de Entidades Locales de Castilla-La Mancha

Versión vigente desde 02/12/2012

Artículo 51.

Funcionan en Régimen de Concejo Abierto:

a) Los Municipios con menos de 100 habitantes.

b) Aquellos que tradicionalmente cuenten con este singular régimen de gobierno y administración.

c) Aquellos en que la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hagan aconsejable.

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