Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Castilla-León
Versión vigente desde Julio de 2010
Artículo 42. El Consejo de Justicia de Castilla y León
Mediante ley de las Cortes de Castilla y León se podrá crear el Consejo de Justicia de Castilla y León y establecer su estructura, composición y funciones dentro del ámbito de competencias de la Comunidad y de acuerdo con lo dispuesto en la legislación estatal.
Ver Notas de Modificación
** modificado por art. 42 DE LO 14/2007 ( Ver texto)