Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de Castilla-León
Versión vigente desde Julio de 2010
Segunda. Convergencia interior
En el ejercicio de sus competencias, la Junta de Castilla y León elaborará un Plan Plurianual de Convergencia Interior con el objetivo de eliminar progresivamente los desequilibrios económicos y demográficos entre las provincias y territorios de la Comunidad.
Sobre la Propuesta de dicho Plan se informará a la Comisión de Cooperación prevista en el artículo 59 de este Estatuto de Autonomía a fin de coordinar las actuaciones de ambas Administraciones.
Dicho Plan será sometido a la aprobación de las Cortes de Castilla y León.
Ver Notas de Modificación
** modificada por disp. adic. 2 de LO 14/2007 ( Ver texto)