Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León
Versión vigente desde 20/09/2014
Artículo 14
La supresión de un municipio por su fusión con otro u otros limítrofes podrá ser acordada por alguna de las causas expresadas en el artículo 11.1. de esta Ley.