Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León
Versión vigente desde 20/09/2014
Duodécima
La Junta de Castilla y León elaborará en el plazo de un año una relación de municipios a que se refiere el artículo 79 de esta Ley y de las Mancomunidades de interés comunitario.