Ley 17/2010, de 22 de diciembre, de mancomunidades y entidades locales menores de Extremadura
Versión vigente desde 10/03/2015
Artículo 4. Concepto y naturaleza jurídica de las mancomunidades.
Las mancomunidades de Extremadura son entidades locales voluntarias de carácter no territorial, que gozan para el cumplimiento de los fines señalados en sus estatutos de personalidad y capacidad jurídica propia, distinta de la de los municipios y entidades locales menores que las integran.