Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia
Versión vigente desde 01/01/2016
Artículo 176.
Será requisito imprescindible para que se inicien los procedimientos de transferencia y delegación que las competencias que puedan ser transferidas o delegadas vayan a ejecutarse íntegramente en la circunscripción de la entidad local.