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Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia

Versión vigente desde 01/01/2016

Artículo 326.

1. Todos los procedimientos para la adjudicación de los contratos, con excepción de los procedimientos negociados, se publicarán en el «Boletín Oficial de la Provincia» y en el «Diario Oficial de Galicia». Además, cuando por razón de su cuantía estén sujetos a publicación en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas», se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

2. En los procedimientos abiertos, el anuncio se publicará con una antelación mínima de veintiséis días al señalado como último para la recepción de las proposiciones. Este plazo será de catorce días anteriores al último para la recepción de las solicitudes de participación en los procedimientos restringidos y en los negociados con publicidad. En los procedimientos restringidos el plazo para la presentación de proposiciones será de veintiséis días desde la fecha del envío de la invitación escrita.

3. En los anuncios se expresará el plazo y horas en que puedan presentarse las proposiciones en la Secretaría de la Corporación, donde deberá estar a disposición de los futuros proponentes el pliego de condiciones, el lugar, día y hora en que se reunirá la Mesa, el modelo de proposición, el extracto del pliego de condiciones y la garantía provisional exigible para tomar parte en la subasta o concurso, así como la definitiva que se deberá constituir en el caso de adjudicación, para la garantía de las obligaciones que haya que cumplir.

4. Igualmente, se publicará en el «Diario Oficial de las Comunidades Europeas» cuando así proceda, por razón de cuantía y conforme se determine reglamentariamente, de acuerdo con las normas comunitarias vigentes en la materia.

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