Junta Electoral Central - Portal

Comunidad de Madrid

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid

desde 30/06/2014 hasta 31/12/2015

Artículo 127. Cooperación.

La cooperación podrá instrumentarse a través de:

a) Planes o programas de inversiones.

b) Subvenciones.

c) Celebración de convenios.

d) Creación de consorcios.

e) Gestión sustitutoria de servicios y asistencia a los Municipios de la Comunidad de Madrid para la restitución de servicios públicos municipales afectados por daños ocasionados por causas imprevistas.

f) Cualquier otro instrumento que se juzgue adecuado para este fin.

Subir

Índice




Texto completo

pdf

xml