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Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid

desde 30/06/2014 hasta 31/12/2015

Artículo 128. Competencia de la Comunidad de Madrid como uniprovincial y Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid.

1. Corresponde a la Comunidad de Madrid garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipal en el marco de la política social y económica, colaborando a la prestación integral y adecuada en la totalidad de su territorio de los servicios de competencia municipal, especialmente de los servicios mínimos y obligatorios, y coordinando la prestación de los servicios municipales entre sí.

2. El Programa Regional de Inversiones y Servicios de Madrid es el instrumento básico de cooperación económica a los gastos necesarios para la realización de obras y servicios de competencia local y para la consecución de los objetivos previstos en el apartado anterior.

Ver Notas de Modificación

** Ap. 2 modificado por art. 18 de Ley 3/2008 ( Ver texto)

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