Junta Electoral Central - Portal

Región de Murcia

Logotipo de la Junta Electoral Central

Ley 2/1987, de 24 de febrero, Electoral de la Región de Murcia

Versión vigente desde 31/07/2015

DISPOSICIONES FINALES

Primera.

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Segunda.

En todo lo no expresamente previsto por esta Ley serán aplicables las normas contenidas en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, con las adaptaciones y modificaciones derivadas del carácter y ámbito de la consulta electoral.

Subir