Ley 2/1987, de 24 de febrero, Electoral de la Región de Murcia
desde 04/05/1995 hasta 30/07/2015
Artículo 1.
Las elecciones a la Asamblea Regional de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se regirán por lo establecido en la presente Ley en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 del Estatuto de Autonomía.