Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra
Versión vigente desde 01/12/2017
Artículo 10.
1. La población del Municipio está constituida por el conjunto de personas inscritas en el padrón municipal.
2. Son aplicables a los municipios de Navarra las disposiciones generales dictadas para los del resto del Estado en materia de población y empadronamiento.
Ver Notas de Modificación
** Ap. 1 modificado por art. 1 de LF 11/2004 ( Ver texto)