Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra
desde 11/12/1986 hasta 25/03/1991
Artículo 13.
El Decreto Foral de convocatoria señalará la fecha de las elecciones, que habrán de celebrarse entre el quincuagésimo cuarto y el sexagésimo días desde la convocatoria, la fecha de iniciación de la campaña electoral y, en su caso, la fecha y la hora de celebración de la sesión constitutiva del Parlamento de Navarra, que deberá realizarse dentro del plazo de un mes, a contar desde el día de celebración de las elecciones.