Ley Foral 16/1986, de 17 de noviembre, reguladora de las elecciones al Parlamento de Navarra
Versión vigente desde 12/06/2004
Artículo 34.
Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que acrediten su condición de interventores tendrán derecho a los permisos establecidos en el artículo 28 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.