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Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi

Versión vigente desde abril de 2016

Artículo 58. Información de interés general.

1. Se publicará además información de interés general para la ciudadanía, sin perjuicio de las obligaciones de información impuestas por la correspondiente normativa específica.

2. Se darán a conocer los diferentes canales por los que se ofrecen los servicios de atención a la ciudadanía y para la participación ciudadana.

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